Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de de Control Nro. 04, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA, previo cumplimiento del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, en contra del ciudadano EUDIS ANTONIO LANDAETA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.390.380, natural de Guayabal, Estado Guarico, nació en fecha 18-08-69, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de VERONICA PETRA LANDAETA y PADER DESCONOCIDO, residenciado en la calle principal de Tronconal II, Casa Nro. 53-54, Barcelona, Estado Anzoátegui y en la Urbanización Cinco Águilas Blancas, Segunda Avenida , casa N° 53#54, San Jacinto Estado Mérida , Teléfono: O414.....