Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA REVOCATORIA POR INCUMPLIMIENTO de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad dictadas en fecha 18-04-2004, al imputado: YURBIS RICHARD SALAVERRIA HERNANDEZ, ya identificado en actas procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 en su ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDENA SU INMEDIATA APREHENSION, en virtud que se encuentran llenos los extremos exigidos en los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 262 Ejusdem, por encontrarlo incurso en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio del ciudadano LUIS JOSE MAESTRE BONILLA. Líbrense los oficios correspondientes a los órganos policiales y de seguridad del Estado, participándole de la presente .....