De conformidad con el articulo 331 del código orgánico procesal penal, se dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el proceso seguido al acusado JUAN CARLOS CALZADILLA, la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER LEVES EN GRADO DE COMPILICIDAD CORRESPECTIVA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1, 416 concatenado con el articulo 424 y 277 todos del Código Penal, cometido en perjuicio JESUS RAMON CHAGUAN MEJIAS Y MARIO ANTONIO GUTIERREZ, DANIELA CHAGUAN Y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente. Se ordena a la Secretaria, remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes. Así mismo se insta a la secretaria a los fines de remitir las actuaciones al tribunal de juicio competente. Se deja constancia que en la presente Audiencia Prelim.....