PRIMERO: Se declara al acusado SIMON JOSE BARRERA RAMOS responsable y por ende CULPABLE en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN EL GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado el artículo 405 del Código Penal, en relación con el ordinal tercero del articulo 84 en relación con en perjuicio del occiso JUAN CARLOS MEDINA MARTINEZ.- SEGUNDO: por aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos, conforme a lo previsto en el Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, se CONDENA al ciudadano SIMON JOSE BARRERA RAMOS, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN EL GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado el artículo 405 del Código Penal, en relación con el ordinal tercero del articulo 84 en relación con en perjuicio del occiso JUAN CARLOS MEDINA MARTINEZ, de conformidad con el Articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Siendo que la presente se.....