Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Asumir el Poder Jurisdiccional en la presente causa seguida ciudadano: JORGE LUIS CONSTANTE prescindiéndose de los Escabinos. SEGUNDO: Este Tribunal fija nueva oportunidad para la celebración del juicio oral y publico, al ciudadano: ciudadano: JORGE LUIS CONSTANTE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.783.874, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-07-74, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Albañil, hijo de BAUDILIA CONSTANTE (V) Y VICTOR MODESTO BASTARDO (V), residenciado en la Aldea de Pescadores, casa n° 22, casa de dos plantas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. TERCERO: Fijar como fecha de celebración del juicio Oral para el día Martes TREINTA Y UNO (31) de ENERO .....