Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA CON LUGAR la solicitud realizada por la Abogada SONIA FIGUEROA CHARAIMA, actuando en su carácter de Defensora Pública Octava Penal (suplente), en representación de la acusada JOHANA COROMOTO MACAYO INIMA, en consecuencia SE AUTORIZA a la acusada JOHANA COROMOTO MACAYO INIMA, a realizar los viajes que se especifican a continuación: los días 08. 09 y 10 de Diciembre de 2011 a la Ciudad de La Asunción, Estado Nueva Esparta y 15 y 16 del mismo mes y año a la Ciudad de Guarenas, Estado Miranda. Notifíquese a la acusada ya las demás partes líbrese oficio y entréguese a la acusada.- Cúmplase.