Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Asumir el poder jurisdiccional en la presente causa seguida a los ciudadanos: JACKSON JAVIER ALCALA y ZULAY DE LOS ANGELES VALDEZ, prescindiéndose de los escabinos.
SEGUNDO: Ordenar la celebración del juicio oral y público a los ciudadanos: JACKSON JAVIER ALCALA y ZULAY DE LOS ANGELES VALDEZ, quien dice ser Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad N° 16.719.490, donde nació en fecha 20-07-1982, de años 23 de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Ramón Antonio Alcalá (df) y Josefina Antonia Cariaco, residenciado en la Calle Real, Casa N° 17 de color marrón, Valle Colombia, Guanta, cerca de la mini bomba, Estado Anzoátegui y ZULAY DE LOS ANGELES VALDEZ VALLENILLA, quien di.....