Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia en Punción del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara al acusado KELVIN JOSE RONDON, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.665.696, natural de Boca de Uchire, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 25-01-93, de 19 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos ARGENIS LINEROS (V) y GREGORIA RENDON (V) residenciado en el caserío San Miguel, Carretera Nacional, Barrio Cabeza de Pescado, Casa sin Numero Municipio Peñalver, Estado Anzoátegui, responsable y por ende CULPABLE en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES CON ALEVOSÍA Y EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal.....