Por las razones, antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA NULIDAD DEL auto de fecha 05 de Junio de 2004, cursante al folio 98 del presente expediente mediante el cual se fijo fecha de Sesión Pública de Sorteo de Escabinos , y en consecuencia acuerda fijar como en efecto se fija la fecha de celebración del Juicio Oral y Público para el día Viernes Diez (10) de Diciembre de 2004 a las 11:00 a.m., conforme a lo establecido en el artículo 342 ejusdem. Todo de conformidad a lo previsto en los artículo 190 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que se refiere a la nulidad absoluta a los actos realizados en contravención de las formas que establece el Código.
Notifíquese a las partes del presente pronunciamiento, librese oficio a la Oficina de Participación Ciudadana.