DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al ciudadano MIGUEL ANGEL SUBERO RAMIREZ, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, por exceso en la defensa previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en concordancia con el articulo 66 ejusdem, en perjuicio del ciudadano SOCRATES FERNANDEZ BETANCOURT y lo condena a cumplir la pena de SIETE (07) años de prisión en aplicación de la atenuante genérica establecida en el articulo 74.4 del Código Penal, pena que cumplirá el acusado conforme lo determine el Tribunal de Ejecución que corresponda, manteniéndose la privación de libertad. SEGUNDO: Este Tribunal no condena en costas, considerando el principio de gratuidad de la Justicia y lo dispuesto en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se mantiene la privación de libertad del acusado en virtud de que la presente sentencia es condenatoria. La pena impuesta al acusado la cumplirá conforme lo disponga el Tribunal de Ejecución que correspon.....