En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley acuerda modificar la periodicidad del régimen de presentaciones del ACUSADO YOHAN MANUEL VERACIERTA, suficientemente identificado en autos, llevándolo a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, declarando con lugar la solicitud realizada por la defensa privada del acusado, exhortándosele a comparecer a los actos fijados por el Tribunal. Líbrese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo participando lo aquí decidido. Notifíquese.