En consecuencia este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CONDENA a la acusada MARIA GABRIELA ROA GARCIA, por la comisión de los delitos de LEGITIMACION DE CAPITALES, ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en los artículos 4 y 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y ESTAFA previsto y sancionado en el último aparte del articulo 462 del Código Penal, en perjuicio de BEY CORREA ABELARDO ARISTIDES, VALDIVIESO MOYA CARLOS GUSTAVO, BADAL OLIVEROS HAIDE DEL VALLE, Y OTROS, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, y una multa equivalente a CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS, por la comisión de los delitos antes indicados, las cuales deberá cumplir en el sitio de reclusión y conforme lo disponga el Tribunal de Ejecución; todo de conformidad con lo e.....