Por todos los razonamientos antes esgrimidos , este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA, solicitado por la Representante de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, como COAUTOR en la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en agravio de JAQUELIN HERNANDEZ. Se ordena la cesación de la medida impuesta al ciudadano condición IDENTIDAD OMITIDA, su condición de imputado y la suspensión el presente Asunto. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos, 552, 553, 561 literal "e", 562, 648 y 649, todos de la Ley Orgánica Para La Pr.....