Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio de la Abg. JULIA SFORZA RODRIGUEZ, actuando su carácter de Defensora Pública del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA,. y en consecuencia ACUERDA convocar a una audiencia oral y reservada de PLAZO PRUDENCIAL, para el día MARTES 20 de ENERO del 2009, a las ONCE (11:00) de la mañana, para que la Representante del Ministerio Público presente la conclusión de su investigación, en consecuencia líbrese las respectivas convocatorias. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 313 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del articul.....