Por cuanto en fecha 01-03-06 se realizo la rotación de jueces de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui y me correspondió encargarme de este tribunal Segundo de Primera Instancia de Control es por lo que me avoco al conocimiento de la presente causa y así mismo revisadas las actuaciones que anteceden se desprende que no existe la resulta sobre la captura del hoy adulto JUAN CARLOS OCHOA RODRÍGUEZ, es por lo que, el Tribunal ordena ratificar su captura comisionando para ello al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División de Captura del Estado Anzoátegui, Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, Instituto Autónomo de Policía del Municipio Bolívar, y a la Zona Policial N° 01, de la Policía del Estado Anzoátegui, quien deberá ponerlo a disposición con las seguridades del caso a este Tribunal quien tomará las medidas para asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar. Todo de conformidad con el artícu.....