Por los fundamentos antes expresados este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA contentiva de las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA, y LIBERTAD ASISTIDA, la primera por el lapso de Un (01) Año y la segunda por Dos (02) Años, que le fuera impuesta a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; cometido en perjuicio de los niños (IDENTIDADES OMITIDAS)
Los adolescentes de marras deben comparecer ante este Tribunal de ejecución de la sección de adolescentes el día Jueves DOS (02) de Junio del 2005 a las 10: a.m. a los fines de ser impuestos de la ejecución de la sentencia.
Todo lo decidido en este auto .....