Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecuciòn Secciòn de Adolescente de este Circuìto Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÒN DE LAS MEDIDAS DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, que le fuera impuesta por este Tribunal de Ejecuciòn de la Secciòn de Adolescentes del Circuìto Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el plazo de UN (1) AÑO, NUEVE (9) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, al hoy occiso (IDENTIDAD OMITIDA), quien fuera venezolano, indocumentado, natural de Barcelona, Estado Anzoàtegui, donde naciò en fecha (Omitido), hijo de (Identidades Omitidas) de estado civil soltero, siendo su ùltimo domicilio: (Dirección Omitida), Estado Anzoátegui; todo conforme con lo establecido en el artìculo 103 del Còdigo Penal aplicado supletoriamente por mandato expreso del ùnico aparte del artìculo 537 de la Ley Orgànica Para la Protecciòn del Niño y Adole.....