Se ORDENÓ la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites, mediante la cual declaró responsable al ciudadano J.E.A.C. por la comisión del delito de VIOLACION, previsto en el artículo 374 numeral 1º del Código Penal Venezolano del Código Penal, en perjuicio de VERONICA VALENTINA LOPEZ SOSA, y con ello la ejecución de la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD impuesta al sancionado por el lapso de TRES (03) AÑOS, establecida en el literal "f" del articulo 620, en concordancia con el articulo 628 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ORDENÓ la reclusión del ciudadano J.E.A.C., en la Entidad Barcelona Varones Nº 2 Pozuelos, donde cumplirá la Medida de Privación de Libertad.