Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro solicitadas por la parte demandante en el Libelo de la Demanda y ratificada en fecha 19 de febrero del 2010, en el presente juicio de DESALOJO, incoado por el ciudadano CESAR SEGNINI VILLARREAL, domiciliado en Caracas, titular de la cédula de identidad N° 1.279.824, a través de su apoderado judicial el abogado en ejercicio NELSON PARRA GIMENEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 87.102, en contra del ciudadano ERNESTO CEMERAL, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Bruzual de este Estado Anzoátegui.- Así se decide.
No hay condenatoria en costas, dado el carácter de este fallo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia de est.....