Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio por DAÑOS y PERJUICIOS propuesto por la ciudadana Sonia Armas Bustillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.168.756 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio Pedro A. Díaz, inscrito en el I.P.S.A, bajo el No. 87.083, en contra de la Sociedad Mercantil Agropecuaria San Antonio de los Clarines, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Anzoátegui, en fecha 07 de julio de 1.988, bajo el No. 12, tomo A-27.-Así se decide