Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de DIVORCIO, propuesta por el ciudadano PEDRO CACHARUCO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-8.220.874, de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio CECILIA VILLAROEL CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 84.631, en contra de la ciudadana ALIDA JOSEFINA MADRUGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.491.078,con domicilio en la Calle Libertad, Casa Nº A-89, Barrio Guamachito, de la Ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante l.....