IV
DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO incoada por la Ciudadana: LUZ CELESTINA QUIARO venezolana mayor de edad portadora de la cedula de identidad Nº 8.227.318; contra los ciudadanos ANQUELVIS EUGENIO CAMPOS HURTADO Y MARIA EUGENIA CAMPOS HURTADO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.181.972 y V- 16.854.488, respectivamente, hijos del fallecido ciudadano EUGENIO ALBERTO CAMPOS, de estado Civil soltero y titular de la cedula de identidad Nº V-5.868.130. Asi se decide.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió¬ una Relación Concubinaria entre la ciudadana LUZ CELESTINA QUIARO venezolana mayor de edad portadora de la c.....