IV
DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: DECLARA INADMISIBLE la Solicitud de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO PEREZ DROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.902.539 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE GUAICARA ARRIOJAS, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº. 42.416, en contra de la ciudadana EGLIS DEL VALLE ALFARO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.797.575. Así se decide.
Regístrese. Publíquese. Déjese copia de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civ.....