IV
DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: DECLARA INADMISIBLE la presente demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, hubieren incoado los Ciudadanos MAGIN DEL JESUS VILLALBA MEDINA y ROSIBEL CAROLINA HERNANDEZ ACEVEDO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad Nros. 17.236.325 y 16.718.764 respectivamente, asistidos por abogado la abogada en ejercicio PURA RIVERO BRITO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 94.701, en contra de los Ciudadanos EDGAR RAFAEL CARRASCO RODRÍGUEZ y NANCY TRUHLAR DE CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad Nros 3.955.470 y 4.218.943 respectivamente, o.....