Para la evacuación de las Pruebas Testimoniales promovidas por la parte demandante en su CAPITULO SEGUNDO: Se fija las diez y once de la mañana (10:00 y 11:00 a.m.) del tercer (3er) día de Despacho siguiente a la presente fecha para que los ciudadanos: SULEYMA BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.339.534, domiciliada en Boyacá III, Sector II, Nº 21, vereda de la calle 9, Tronconal 3, Barcelona del Estado Anzoátegui; ORIANA ESTEFANI REYES venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.359.183, domiciliada en Boyacá III, Sector II, Nº 21, vereda de la calle 9, Tronconal 3, Barcelona del Estado Anzoátegui. Se fija a las Diez (10:00 AM) del Cuarto (4º) día de Despacho siguiente a la presente fecha para que el ciudadano JOSE RUBEN REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.359.467, domiciliado en Boyacá III, Sector II, Nº 11 Vereda de la calle 9, Tronconal 3, Barcelona del Estado Anzoátegui, para que com.....