Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: SIN LUGAR la Querella Interdictal de Amparo incoada por la ciudadana ROSIBERT DEL VALLE URBANEJA REYES, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 15.875.261, contra los ciudadanos OLIVIA RENGEL DE MUÑOZ y RUBEN MOULINIER, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, médico y abogada la primera mencionada y titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.422.993 y 8.242.752, respectivamente. Así se decide.
SEGUNDO: - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte querellante por haber sido totalmente vencida en el presente proceso. Así se decide.
TERCER.....