Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que las pretensiones del peticionante, contentivas en mediante el cobro de Bolívares, por el procedimiento de intimación y cobro de los honorarios profesionales; cuyas pretensiones y procedimientos son incompatibles, es por lo que a tenor de lo establecido en el artículo 78 ejusdem, se declara INADMISIBLE la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO MOUCHATY ZAHLANE venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad Nº V-9.812.710, domiciliado en la Ciudad de Cantaura Municipio Bolivariano General Pedro Maria Freites, Estado Anzoátegui, a través de su apoderado judicial ciudadano ASDRUBAL ROMAN, Abogado en ejercicio e in.....