Se declara SIN LUGAR la apelación que propuso la parte actora contra el fallo definitivo dictado por el Juzgado Primero del Municipio Bolívar de esta Circunscripción Judicial en fecha 3 de febrero del año que transcurre y SIN LUGAR la pretensión procesal deducida por la parte actora ARMANDO JOSE BARRIOS OLIVEROS frente al demandado DESARROLLOS MARINA RIO C.A.; en consecuencia NO ES VALIDA LA OFERTA realizada por el demandante