Este Tribunal, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana, CARMEN PRUDENCIA SOTO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.795.863, en su condición de cónyuge; y a sus hijos, ciudadanos MARLENE JOSEFINA, JOSE ALEXANDER, ARGENIS JOSE y MIGDALIA JOSEFINA SANCHEZ SOTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-8.967.006, V-11.416.343, V-5.896.474 y 13.316.784, respectivamente, su condición de Únicos y Universales Herederos del de cujus JOSÉ AGAPITO SANCHEZ, quien fue venezolano, mayor de edad, casado, Operador de Máquinas, domiciliado en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nro. 1.133.141; y quien falleció ab-intestato, en la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, el día doce (12) de febrero del año 2.008, tal como consta en el Acta de Defunción Nº 208, expedida por la Prefectura del Municipio Sotillo de este Estado; y que curs.....