Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda de por Daños y Perjuicios, Lucro Cesante y Daño Emergente, hubiere incoado la Sociedad Mercantil PETROLEUM EXPLORATION INTERNATIONAL, C.A., registrada por ante Registro Público de Panamá, mediante escritura Nº 3845, de fecha 05 de mayo de 2005; creando la sucursal Venezuela según acta de Asamblea Nº 10.439 de fecha 11 de julio de de 2.008 y ratificado según se evidencia en el punto cuarto del certificado Nº 557452, de fecha 17 de agosto de 2011, emanado por el Registro Público de Panamá; inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 08 de agosto de 2008, bajo el Nº 59, Tomo A-28, exp. Nº.....