Se dicto sentencia Interlocutoria, en la cual se nego el meerito favorable de autos, alegado por la Abog. MaryGonzalez, asimismo se nego la pruebas Documental, contenidas en el capitulo II numerales 4 y 5, del escrito suscrito por la Abogada Nelly Urbano, y se admitieron las demas pruebas presentadas por las partes.