Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por Daños y Perjuicios, hubiere incoado el ciudadano LUIS RAÚL MARTÍNEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, Casado, Comerciante, domiciliado en Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del estado Anzoátegui, y titular de la cédula de identidad Nº V-1.360.095, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA GONMARCA, C.A, registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 31 de Julio de 1.982, bajo el Nº 18, Tomo A-9, asistida de la Abogada en ejercicio ANA PATRICIA MAZA FARIÑAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.076.396, de este domicilio .....