En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Retasa constituido en el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Constitución y sus Leyes, DECLARA:
PRIMERO: RETASADOS los honorarios Profesionales intimados por el abogado IVAN JOSE MAGALLANES, en la cantidad de Ciento Ochenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Tres Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs. 188.133,61), suma que deben pagar los intimados, ciudadanos DANNI JOSÉ PASCALI ROMERO y FELIX ANTONIO DE SANTIS CAMPOS, debidamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECLARA.