En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato de Compra Venta hubiere incoado la ciudadana IVON AUXILIADORA JIMENEZ VALLES, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de Identidad N° 11.474.941, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio HENRY GIRAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.376, en contra de la ciudadana ELSY ADELINA PIMENTEL NORIEGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.348.265, ordena Reponer la presente causa al estado de continuar con la notificación de la defensora judicial designada ciudadana Astrid Gamboa, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 144.100. Así se decide.
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