IV
DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES, presentada por la sociedad Mercantil BANCO EXTERIOR C,A, BANCO UNIVERSAL, Instituto bancario inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del distrito capital y Estado Miranda, el día Veintiuno [21] de Enero de 1.956, bajo el Nro. 5, Tomo 7-A, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, a través de su apoderado judicial ciudadano PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 6.965.973, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.942, domiciliado en la ciudad de Pu.....