este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia Pasada, en Autoridad de Cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse los recaudos originales solicitados, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Temporal
La Secretaria Titular
Abg. Alfredo Peña Ramos
Abg. Judith Moreno Sabino
Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste.-
La Secretaria,
Abg. Judith Moreno Sabino
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