Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de cuerpos y Bienes de los ciudadanos Ronald Luis Salazar García y Maryolga Luz Cova Malave, antes identificados, y DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído por ante la Prefectura de la parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha dieciséis (16) de diciembre del año 2005, según consta de Acta N° 146, acompañada a los autos en copia certificada.- Así se decide.-