Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR la Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales que intentara el abogado Carlos Manuel Pedroza Alvarado contra del ciudadano Jaime Mas Masaguer, ambos ya identificados. Así se Decide.