Por las razones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTI, AGRARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos RAFAEL ESTEBAN ROJAS ALVAREZ y ANGELA AURORA ABBONDANZA, antes identificados, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, según consta de Acta de Matrimonio N° 10, acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.