Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la pretensión por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, incoado por el ciudadano Luís Alejandro Renaud Ríos, contra la ciudadana Eudis Antonia Bello, antes identificados.- Así se decide.-
Se condena en costas a la parte demandante ciudadano Luís Alejandro Renaud Ríos, por haber resultado totalmente vencido en la presente pretensión.-
Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido publicada fuera del lapso correspondiente.- Asimismo, de conformidad con el artículo 248 ejusdem, se ordena expedir copia certificada de la presente sentencia a los fines de su archivo.-