En cuanto a la oposición a la admisión del documento de compra del inmueble, promovida en el particular primero, alegando que la presente partición no versa sobre la propiedad de dicho inmueble, sino sobre la plusvalía por mejoras hechas al mismo, lo que hace a su decir, impertinente dicha prueba; a tal efecto observa este Tribunal, que el documento de propiedad del inmueble, si bien en el presente proceso no se discute la propiedad del mismo, no es menos cierto que el objeto de la presente causa viene a constituir la plusvalía sobre dicho inmueble, por tal motivo, declara sin lugar la oposición presentada y así se decide.-En relación a la oposición a la admisión de la prueba contentiva al Informe requerido al Servicio Nacional de Información Fiscal y Tributaria (SENIAT), en lo concerniente a la declaración de Impuesto sobre la Renta Anual de la demandante ciudadana Marielis Heneche, de los años fiscales 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, alegando.....