decreta medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de la parte Demandada hasta cubrir la suma de dos millones ciento cincuenta y seis mil seiscientos once bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 2.156.611,25), correspondientes al doble de la suma demandada (la cual asciende al monto de un millón tres mil setenta y cinco bolívares (Bs. 1.003.075,şş), más las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal al 15%, en la suma de ciento cincuenta mil cuatrocientos sesentiun bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 150.461,25); y si el embargo recayera sobre cantidades líquidas y exigibles; éste será hasta por la cantidad de un millón ciento cincuenta y tres mil quinientos treinta y seis bolívares con veinticinco céntimos (Bs. 1.153.536,25), correspondientes a la suma demandada (la cual asciende al monto de un millón tres mil setenta y cinco bolívares (Bs. 1.003.075,şş), más las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal al 15%, en la suma de ciento cincuenta mil cuatrocie.....