En su Capítulo Documentales, vistas las contenidas en sus particulares Primero y Segundo, mediante el cual promueve copia del título de propiedad de un inmueble y copia de documentos de propiedad de un vehículo, identificados en dicho escrito; el Tribunal niega su admisión; por impertinentes; toda vez que en el presente litigio se trata de comprobar la relación concubinaria existente entre los ciudadanos Ligia Margarita Pérez Ríos y Gilberto José León León, mas no si éstos adquirieron bienes o no, lo cual no es materia de discusión en la controversia y así se decide