este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la "de cujus" THAIRY DEL ROSARIO GONZALEZ DE MORONTA a los ciudadanos ALFONZO RAFAEL MORONTA LEDEZMA, ANA VICTORIA DE LA SOLEDAD MORONTA GONZALEZ, ANA MARIA MORONTA GONZALEZ y ALFONZO EMILIO MORONTA GONZALEZ, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.-