Es por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR RAZON DEL TERRITORIO, para conocer del presente procedimiento, acordando declinar el conocimiento del presente mismo al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia remítanse las presente actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, Caracas a los fines de su correspondiente distribución, y así se decide.- Líbrese oficio en su debida oportunidad.-