Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio propuesta por la ciudadana MILAGRO DE JESÚS GUERRA, contra el ciudadano VICTOR DOMINGO VELÁSQUEZ INFANTE, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído ante la Prefectura Civil del Municipio Lezama del Estado Guárico, en fecha catorce de febrero de mil novecientos ochenta, cuya Acta quedó asentada bajo el Nº 4, en el Libro Original de Matrimonio llevado por ese Despacho, durante el año 1980, y así se decide.-