Con base en los motivos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana LUISANA DANIELA SALAZAR MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-25.015.412, domiciliada en la Urbanización Santa Cecilia, Primera Etapa, Casa Nº: 04, El Tigre, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 396 del Código Civil. Asimismo, se designa TUTORA INTERINA de la entredicha a su hermana gemela, ciudadana DANIELA ALEJANDRA SALAZAR MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-20.740.910, con domicilio en la Urbanización Santa Cecilia, Primera Etapa, casa Nº: 04, El Tigre, Estado Anzo.....