Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos: YBRAHIN JOSÉ MONTANER MATA y LIZBETH MARLY ARTEAGA PÉREZ, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha veintitrés de septiembre de dos mil cinco, por ante la Dirección de Registro Civil de Matrimonio del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 371, Folios 371, en el Libro Original Nº 02 de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 2005.- Así se decide.-