Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer del presente procedimiento, y acuerda DECLINAR el conocimiento de dicho asunto al Juzgado supra mencionado a quien le corresponda por distribución.- Se deja expresa constancia que vencido el lapso de ley y no habiéndose ejercido el recurso legal correspondiente se remitirá el expediente mediante oficio al Juzgado antes citado.- ASI SE DECIDE.-