Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, incoara el ciudadano EDHUARD JOSÉ YTRIAGO ESPINOZA contra el ciudadano ANICETO ESPINOZA MARTÍNEZ, y como consecuencia de ello se suspenden los efectos de la medida de secuestro decretada en fecha dieciocho de marzo de dos mil nueve, y practicada en fecha quince de abril de dos mil nueve, por este Juzgado, y así se decide.